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Crisis en Venezuela: Declaran estado de alarma, Guaidó llama a movilizaciones

Caracas, Agencias.- Ante el colapso del país debido al apagón y para continuar exigiendo la salida del gobernante Nicolás Maduro del poder, el presidente encargado de Venezuela, Juan Guaidó, convocó el martes 12 de marzo una movilización para las 3:00 pm.

El también presidente de la Asamblea Nacional no dio detalles sobre la protesta. Pidió a la población organizarse entre vecinos para cumplir con la convocatoria, pues la comunicación se dificulta con las fallas en los servicios de telefonía celular y de Internet.

“Nos mantenemos movilizados. Todo el sacrificio de nuestra gente valdrá cada segundo y cada momento. Exigiremos nuestros derechos y que se mantenga abierto el debate en la Asamblea Nacional para restituir la democracia”, expresó el legislador durante la sesión de emergencia de este lunes 11 de marzo, en la que ha solicitado decretar el estado de alarma nacional debido a la crisis que ha generado el apagón desde el jueves 7 de marzo.

La Asamblea Nacional autorizó al presidente del Parlamento, Juan Guaidó a declarar estado de alarma, como modalidad del estado de excepción, en todo el territorio nacional por el apagón que afecta al país desde el jueves 7 de marzo.

En el decreto que aprobaron los parlamentarios, este lunes 11 de marzo, se advierte que la falta de energía eléctrica por más de 90 horas en algunos estados del país, “pone seriamente en peligro la seguridad de la nación y de sus ciudadanos”.

El estado de alarma decretado se extenderá por un periodo de treinta (30) días, pudiendo ser prorrogable por treinta (30) días adicionales.

El Poder Legislativo, amparándose en el artículo 338 de la Constitución, ordena:

a) A la Fuerza Armada Nacional Bolivariana que disponga las movilizaciones que sean necesarias para que brinde la debida protección tanto a las instalaciones como a los funcionarios de Corpoelec, a los fines de que puedan cumplir con su labor de rescate del sistema eléctrico nacional.

b) A los integrantes de los cuerpos de seguridad ciudadana abstenerse de impedir u obstaculizar las legítimas protestas del pueblo venezolano mediante las cuales, de conformidad con el artículo 68 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, expresan no solo su rechazo al deplorable estado en que se encuentra el sistema eléctrico del país sino, sobre todo, su inmensa indignación hacia quienes con su ineptitud y corrupción son los culpables de tal deplorable estado.

c) Se instruye a todo el personal del servicio exterior del país a que realicen los contactos a que haya lugar a fin de coordinar la cooperación técnica internacional que se pueda brindar a nuestra Nación para lograr el mejor asesoramiento en la superación de esta calamitosa situación, todo ello de conformidad con las instrucciones giradas por la Presidencia de la República en conducción de las relaciones internacionales.

d) Se instruye a todos los funcionarios de los servicios de salud público a que procuren todos los recursos de cooperación que sean posible obtener del sector privado a fin de superar las necesidades que se presentan en la atención de pacientes afectados en sus tratamientos por la calamidad eléctrica que nos aqueja.

e) Se ordena a las órganos y entes de la Administración Pública Nacional establecer horarios de labores del personal, acordes con la situación de excepcional anormalidad causada por la crisis del sistema eléctrico.

f) Se instruye a las autoridades administrativas correspondientes a que se tomen las medidas necesarias para garantizar el máximo ahorro de combustible, a fin de disponer de las cantidades suficientes para permitir el funcionamiento adecuado de los equipos del sistema eléctrico que lo requieran.

g) Para el cumplimiento cabal del ahorro de combustible que se requiere para permitir el funcionamiento adecuado de los equipos del sistema eléctrico, se ordena la inmediata suspensión del suministro de crudo, combustible y sus derivados a la República de Cuba.

El decreto parlamentario ratifica las obligaciones contraídas en el Pacto Internacional de los Derechos Civiles y Políticos, y “en ningún aspecto implica la suspensión de alguna de las garantías constitucionales previstas en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela”.

Además se orden que “se informará del presente decreto al secretario general de la Naciones Unidas”.

Mario Alberto Estrella

Nacido en la ciudad de Chihuahua, Chihuahua, México el veintitrés de Junio del año de mil novecientos setenta. Egresado de la Licenciatura en Comunicación Gráfica, en 1994, Diplomado por el Instituto de Tecnología en Asunción Paraguay en 2001 y Certificado por Macromedia en 2006. A la fecha ha colaborado en quince distintos medios de comunicación, en diversas actividades como redacción, edición, diseño, fotografía y como Web Master.” Durante la última década del siglo XXI recorrí la frontera norte; de Matamoros a Tijuana, trabajando en diversos medios impresos fronterizos. En la segunda mitad de 1999 comienzo un recorrido por América Latina en el Venezuela de Chávez, pasando por el Chile de Bachelet, el Brasil de Lula, 20 años después me encuentro donde comienza la patria.

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